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sábado, 26 de agosto de 2017

Documentos: Pasaporte otorgado a Miranda por la Prefectura de Policía de París en 1801.

 Pocos títulos tan acertados se le han dado a Francisco de Miranda como el de “primer criollo universal”. Y es que el paso de este venezolano dejó huella en los acontecimientos que influyeron en la formación del mundo occidental que hoy conocemos. Primero como curioso expedicionario y luego como protagonista de estos hechos, su voluminoso archivo personal guarda testimonios de su presencia y accionar en África, Asia, Norteamérica y Europa. Entre los más elocuentes de dichos testimonios están, sin duda alguna, sus pasaportes; los cuales dan cuenta cronológica y puntual de su presencia en determinado punto de la geografía universal.

 El documento que ahora se presenta es el pasaporte o salvoconducto expedido por la Prefectura de Policía de París[1] para salir del territorio francés en un término de 4 días. Este documento ofrece singulares características que lo hacen de suma importancia para el estudio de la azarosa vida del Generalísimo, así como interesantes curiosidades que ameritan describirlas.

 Este pasaporte se le entrega luego de permanecer casi 5 meses en prisión motivado a represalias del poderoso ministro de seguridad de Bonaparte, Joseph Fouché, de quien se dice que rivalizó con Miranda por el afecto amoroso de Delphine de Custine, amiga y otrora amante del venezolano. Como es costumbre en este tipo de documentos, se presenta la descripción física de Francisco de Miranda a los 47 años, con lo cual podemos recrear su aspecto y comparar los pocos retratos de sus días que han llegado a nosotros. Como detalles curiosos debemos destacar primero, la datación del documento: “París, veintitrés Ventoso, año nueve de la República Francesa” la cual se inscribe dentro del Calendario Republicano Francés, complicadísimo sistema de fijación de fechas que se utilizó en el país galo entre 1792 y 1806; que al trasladarlo al nuestro sería 13 de marzo de 1801. La segunda curiosidad que debemos destacar es la fijación de la procedencia o nacionalidad de Miranda que se plasmó en el pasaporte: “Oriundo de Caragas en Perú”.

 El documento se localiza en el Archivo de Francisco de Miranda (nombrado por él mismo como Colombeia), sección Negociaciones, tomo I, folio 114 frente y vuelto. Mostramos la transcripción en francés y la traducción al castellano.





Transcripción del francés


PASSEPORT                               
A L’ETRANGER                          
No……………..                               
Correspondence   
REPUBLIQUE FRANCAISE
PREFECTURE DE POLICE
LIBERTE EGALITE

París, le Vingt trios du mois de Ventose an Neuf de la Republique Francaise, une et Indivisible.

Signalement.
Age de 47 ans                     Le Prefet de Police de Paris, en vertu de l’article trios
taille d’un metree              de l’Arreté des Consuls, du 2 brumaire, an 9, a tous
76 centimetres                   les Officers civils et militaires charges de maintenir
cheveux Bruns Gris             l’ordre dans les différens Départements de la France,
sourcils Bruns                     et de faire respecter le nom Francais chez l’étranger.
Front moyen yeux Gris
nez Droit bouche moyenne       Laissez passer librement francois Miranda.
Menton rond avancé         natif de Caragas au perou (Sic)
visage ovale                      domicilié a Paris rue honoré N° 1497
                                          allant a dans la Republique Batave
Signature de Porteur.
F. Miranda                        Sans donner ni souffrir qu’il lui soit donné aucun
                                          Empechement.
                                          E présent Passeport accordé pour est valable deux
                                         décade seulement pour sortir du territoire francais.
                                         Délivre d’apres L’ordre du Ministre de la pólice Gale
                                         en date du 21 de ce mois a la charge de Partir de Paris
                                         dans le delais de 4 jours.

                                          Fait á la Préfecture de Police de Paris, les dits jour et an.

Le  Chef de la 4me. Division                                Pr         Le Prefet.
   (firma) (hay un sello)                                                        Le Secretaire Général
                                                                                            (firma)

    



Traducción al castellano:


PASAPORTE   PARA  EL               REPÚBLICA FRANCESA
EXTRANJERO                            PREFECTURA DE POLICÍA
Correspondencia                       LIBERTAD      IGUALDAD             

                                      París, veintitrés Ventoso, año nueve de la República
                                      Francesa, una e indivisible. (13 de marzo de 1801).
SEÑAS
PERSONALES             El Prefecto de Policía de París, en virtud del artículo tres del
                                      Decreto de los Cónsules, del 2 brumario, año 9, a todos los
                                      Oficiales civiles y militares encargados de mantener el  
                                      orden en los diferentes Departamentos de Francia, y de hacer    
Edad: 47 años                respetar el nombre Francés en el extranjero
Estatura: un metro         Dejen pasar libremente a Francisco Miranda
76 centímetros               Oriundo de Caragas en el Perú                                                            
Cabellos: Castañogris    Domiciliado en París, rué Honoré n° 1497
Cejas: Castañas              Dirigiéndose a la República Bátava
Frente: Mediana             Sin poner ni permitir se ponga ningún impedimento.
Ojos: Grises                    El presente  Pasaporte  concedido por___
Nariz: Recta                   es válido durante dos semanas únicamente para salir del 
Boca: Mediana               territorio francés.
Barbilla: Redonda pro­minente         
Rostro: Ovalado              Expedido por orden del Ministro de la Policía General,
Firma del Portador    con fecha del 21 [ventoso] de este mes, con el compromiso del Pasaporte:                        de salir de París en el término de 4 días.
F. Miranda                        

                          Hecho en la Prefectura de Policía de París los mencionados día y año.

 El Jefe de la 4a. División                                Por el Prefecto
 (firma ilegible) (hay un sello)                         Secretario General
                                                                            (firma ilegible)




[1] Organismo de seguridad establecido por Napoleón I (Bonaparte) el 17 de febrero de 1800. El pasaporte o salvoconducto tiene fecha (trasladándolo a nuestro calendario) de 13 de marzo de 1801, lo que lo ubica casi dentro del primer año de funcionamiento de esta institución.

jueves, 17 de agosto de 2017

Documentos: Proyecto de instauración de la Cédula de Identidad personal como apoyo a la Cruz Roja Venezolana

Durante las últimas tres décadas del siglo XIX y primera mitad del siglo XX en Venezuela se presentaron importantes e interesantes iniciativas para modernizar el país, llevarlo al nivel de otras naciones que alcanzaron desarrollos más tempranos en distintas áreas y elevar la calidad de vida de los venezolanos. Algunas de estas iniciativas fueron impulsadas directamente por los gobernantes del momento, como Antonio Guzmán Blanco, Juan Pablo Rojas Paúl, Eleazar López Contereas, Isaías Medina Angarita; otras fueron propuestas por organizaciones y ciudadanos que aspiraban ver a su país desarrollando sus riquezas naturales y potencialidades humanas para solucionar problemas básicos o complejos de la sociedad. A este grupo pertenece el documento que a continuación presentamos.

Se trata de un proyecto de instauración de la cédula de identidad personal para los venezolanos presentado en 1932 por el señor Ramón Ocando Pérez (1899-1995), medico sexólogo con una profunda vocación de apoyo a la niñez y la juventud. Ocando Pérez fue el fundador del movimiento Scout en Venezuela el 20 de enero de 1913, cuando con apenas 13 años, establece la primera Tropa Scout (Boy Scout) en su ciudad natal (Maracaibo). En 1932 Ramón Ocando Pérez expone a su amigo el Dr. Francisco Antonio Rísquez[1], fundador de la Cruz Roja Venezolana, el citado proyecto con miras a crear “una nueva renta para ayudar al sostenimiento de la más importante y meritoria institución venezolana”. Aunque el citado proyecto no llegó a ejecutarse[2], deja de manifiesto el carácter emprendedor y la altura humana de su proponente.

Este documento es un borrador mecanografiado con notas hológrafas de Ramón Ocando Pérez, así como una carta manuscrita de Francisco Antonio Rísquez dirigida a Ramón Ignacio Méndez Llamozas, médico personal y yerno del Presidente Juan Vicente Gómez. Se encuentra en el Museo Scout “Ramón Ocando Pérez” de Maracaibo y las imágenes fueron gentilmente cedidas por quien realizara la localización y rescate en el año 2013 del archivo personal de Ramón Ocando Pérez, Economista Luigi Minichini Valero, con la colaboración de Marylee Henriquez (curadora del museo) y Carlos Uzcategui .













Ramón Ocando Pérez (1899-1985) fundador del Movimiento Scout de Venezuela y gran emprendedor social



[1] Insigne galeno que dedicó su vida (1856-1941) a los estudios científicos avocados a la realidad venezolana. Fundador de la Clínica de Niños Pobres de Caracas (1887) y de la Cruz Roja Venezolana (1889). Rector de la Universidad Central de Venezuela y miembro de las Academias de Medicina y Lengua de nuestro país.
[2] La Cédula de identidad venezolana sería decretada el 23 de julio de 1941, iniciando para los extranjeros el 31 de diciembre de ese mismo año y el 3 de noviembre de 1942 para los venezolanos, todo durante el gobierno de Isaías Medina Angarita.

viernes, 4 de agosto de 2017

Documentos: La Capitulación de 1813, fin de la Campaña Admirable.

 La Campaña Admirable es el termino historiográfico con el que se designa la campaña militar dirigida por el Libertador Simón Bolívar para la liberación de Venezuela en 1813, luego que las armas españolas retomaran el gobierno de país tras la Capitulación de San Mateo el 25 de julio de 1812, con lo que concluyó la Primera República venezolana. Esta campaña inicio el 14 de mayo de 1813 cuando Bolívar, autorizado por el Supremo Congreso de la Provincias Unidas de Nueva Granada bajo cuyas órdenes se encontraba con el rango de Brigadier, inicia la marcha para reconquistar la independencia de su patria. En un periodo casi relámpago (menos de tres meses) el ejército libertador, compuesto de venezolanos exiliados y tropa neogranadina suministrada por el Gobierno de Cundinamarca y el Congreso de la Unión, se abroga las más contundentes victorias sobre el ejército español: La Grita, Carache, Agua de Obispos, Niquitao, Sitio de Barinas, Los Horcones, Taguanes, Mirador de Solano, etc;  encabezados por El Liberador junto a aguerridos jefes militares como Rafael Urdaneta, José Félix Ribas, Atanasio Girardot, Antonio Ricaurte, Ramón García de Sena y Luciano D’Elhuyar.
 La Capitulación del 4 de agosto de 1813 viene a ser la rendición de las pocas tropas y gobierno realistas que quedaban en Caracas, y por lo tanto la entrega de la capital del país, símbolo de autoridad y mando. 
 De este documento existen tres copias en el Archivo del Libertador. La copia que ahora mostramos se encuentra en el tomo 21, folios 218 frente al 219 frente, y es está autorizada por Antonio Muñoz Tébar, quien fuera por pocos días secretario de Bolívar (hasta su entrada a Caracas) y posteriormente Secretario de Hacienda y Relaciones Exteriores; desempeñando también, interinamente, la Secretaría de la Guerra:


Folio 218 frente

Folio 218 vuelto

Folio 219 frente

TRANSCRIPCIÓN: Se insertan entre corchetes palabras que ayudan a comprender la estructura del texto del documento.

 “Capitulación concluida entre el ciudadano General en Jefe del Ejército de la Unión Brigadier Simón Bolívar y el Marqués de Casa León, Presbítero maestro don Marcos Ribas, don Francisco Iturbe, don José Vicente Galguera, y doctor don Felipe Fermín Paúl, enviados por el Gobierno de Caracas y su cuerpo capitular.
Deseosos de proporcionar la tranquilidad pública, evitar la dis­persión de las familias, la confusión y horrores de la guerra y economizar la sangre humana, con arreglo a las instrucciones de nuestros comitentes, hacemos las propuestas siguientes:

Artículo 1°
 Que se establezca y plantee en la ciudad de Caracas y demás de Venezuela la Constitución de las Españas, y que se elija para llevar las riendas la persona que merezca la con­fianza de todas las clases en general.

Contestado. Que aunque poseído de los mismos benéficos sen­timientos y conceptuando que para ejercerlos, es inconducente la propuesta, no difiere a ella, y que a su llegada a la ciudad de Caracas se establecerá la forma de gobierno que parezca más justa y adaptable.

Artículo 2°
 Que haya una reconciliación general, olvidándose todo lo pasado, respecto de los habitantes, sin distinción de origen ni clases, de modo que no podrán sufrir extorsión alguna, ni en sus personas, ni en sus bienes, por la adhesión que hayan manifestado al Gobierno español, con cuya condición y comprometimiento le entregará pacíficamente la ciudad de Caracas, y todos los pueblos que comprende la Provincia de este nombre con el puerto de La Guaira.

[Contestado] Concedido y se observará religiosamente.

Artículo 3°
 Que sea libre la emigración de todos los que la pretendan, para retirarse con sus intereses donde más les acomode.

[Contestado] Concedido, con calidad de que hayan de presentársele dentro de un mes, a solicitar el correspondiente pasaporte, y dentro de otro realizar su salida, no habiendo embarazo por la falta de buques y pudiendo constituir apoderado de su confianza para la recaudación de sus intereses y conclusión de sus negocios.

Artículo 4°
 Que la entrada a la capital de las tropas no haya de verificarse hasta pasados quince días contados desde la fecha de ratificación de este convenio, en cuyo intermedio podrán las tropas españolas evacuarla con todo el honor que corresponde a la nación a que pertenecen, siendo del cargo del Gobierno que se establezca el satisfacer su transporte.

[Contestado] Que no pudiendo detener la marcha de las tropas de su mando, pasarán inmediatamente a la capital, luego que reciba la ratifica­ción de este tratado, que deberá hacerse dentro del término preciso de veinte y cuatro horas, que correrán desde la en que le entreguen al Gobierno de Caracas los comisionados, quienes lo ejecutarán en todo el día de mañana.
 Y que los militares españoles serán com­prendidos en la emigración concedida, dejando las armas y per­trechos, y permitiendo sólo a los oficiales su espada, cuya entrega se verificará en el cantón de Capuchinos, como también la de las existencias de arcas públicas, archivos y demás correspondientes al Estado en sus respectivas oficinas, luego que tomen posesión las tropas de la Unión.

Firmado por duplicado en el pueblo de la Victoria a 4 de agosto de 1813. SIMÓN BOLÍVAR.

El Marqués de Casa León. —Marcos Ribas. —Felipe Fermín Paúl. —Francisco de Iturbe. —José Vicente Galguera. Es copia. —Muñoz Tébar.”